Repatriación de personas fallecidas
Para la internación a Chile de personas fallecidas provenientes del extranjero, ya sea urnas (ánforas) o ataúdes, el Servicio Nacional de Salud exige la siguiente documentación:
PARA URNAS:
- Certificado de cremación (Einäscherungsurkunde) otorgado por el Servicio Funerario alemán.
- Certificado sanitario (Unbedenklichkeitsbescheinigung) otorgado por el Servicio Funerario alemán, donde indique que la urna está herméticamente sellada y que no existe peligro de contagio de enfermedades.
PARA ATAÚDES:
- Certificado sanitario (Unbedenklichkeitsbescheinigung) otorgado por el Servicio Funerario alemán, donde indique que el ataúd se encuentra sellado, el cadáver se encuentra en buen estado de conservación y no existe peligro de contagio de enfermedades.
AMBOS CERTIFICADOS DEBEN ADJUNTAR EL “CERTIFICADO DE REPATRIACIÓN DE RESTOS” QUE OTORGA EL CONSULADO DE CHILE CORRESPONDIENTE A SU JURISDICCÓN.
Requisitos para solicitar el Certificado de Repatriación de Restos:
- Pedir una cita y depositar el dinero correspondiente a la cuenta de banco del Consulado.
- Inscribir la defunción en el Consulado de Chile correspondiente a su jurisdicción, como requisito previo al otorgamiento del “certificado de repatriación” (ver información sobre “Inscripciones de Defunción”).
- El día de la cita, presentarse con los certificados originales del Servicio Funerario Alemán, comprobante de pago y pasaporte o cédula de identidad vigente.
Durante la tramitación de la solicitud, puede requerirse la presentación de antecedentes adicionales, que serán informados a cada persona.