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Inscripción de uniones civiles

Las inscripciones deben realizarse en el país donde se efectuó la unión civil. Según la legislación chilena vigente los matrimonios entre personas del mismo sexo y los Acuerdos de Unión Civil o contratos equivalentes, no constitutivos de matrimonio, que se hayan celebrado en el extranjero serán válidos en Chile siempre que se hayan inscrito en el Registro Especial de Acuerdos de Unión Civil.

Los Consulados de Chile en Alemania sólo pueden efectuar inscripciones que correspondan a Alemania y cuando al menos uno de los contrayentes posea la nacionalidad chilena.

La unión civil también podrá registrarse en Chile, este procedimiento es obligatorio cuando ambas personas sean extranjeras.

PROCEDIMIENTO:

1. Debe enviarse escaneada (PDF, no Zip) la siguiente información al correo electrónico del Consulado correspondiente:

  • Certificado internacional de unión civil con Apostilla.
  • Cédula de identidad o pasaporte vigente de ambos contrayentes (al menos uno debe ser chileno).
  • Dirección actual completa.
  • Hora en la que se contrajo la unión civil (aproximada si no se tiene)
  • Número de celular y de teléfono fijo (si tuviese).
  • Correo electrónico

2. Tras enviar la información anteriormente solicitada se ofrecerá una hora de atención indicando el valor a pagar y el número de cuenta del Consulado. 

3. La inscripción es presencial, es decir, al menos uno de los contrayentes deberá estar presente.

4. El o los interesados deberá o deberán presentarse con su cédula de identidad o pasaporte vigente, junto al certificado internacional de unión civil en original (documento que será remitido a Chile) y el comprobante de pago o depósito.

5. Una vez realizada la inscripción, los antecedentes serán enviados al Servicio de Registro Civil e Identificación para su incorporación el Registro Especial. El plazo estimado de este trámite es de aproximadamente 6 meses.

Más información:

Información sobre Acuerdo de Unión Civil

Texto Ley N°20.830 Acuerdo de Unión Civil