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Escritura de compraventa de Bienes Raíces

La compraventa de bienes inmuebles situados en Chile debe hacerse necesariamente por escritura pública.

Sin embargo, en atención a las dificultades administrativas y técnicas del otorgamiento de esta escritura, se sugiere el otorgamiento de un mandato (poder) especial para que otra persona celebre el contrato de compraventa en Chile en vez de otorgar la escritura ante el consulado.

El mandato especial deberá individualizar perfectamente el inmueble:

  1. clase de inmueble (parcela, casa, departamento);
  2. comuna;
  3. deslindes;
  4. dirección;
  5. datos de la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces. Dichos datos se encuentran en la inscripción del inmueble en el Conservador de Bienes Raíces y/o en la escritura pública de Compraventa anterior.

Si el interesado insiste en celebrar el contrato de compraventa ante el Consulado de Chile, el Cónsul está obligado por ley a exigir antecedentes adicionales, de acuerdo con el tipo de inmueble (debe consultarse caso a caso).

Los mandatos especiales relativos a bienes raíces situados en Chile deberán ser otorgados ante un Cónsul de Chile. Si son otorgados ante un notario alemán, los Conservadores de Bienes Raíces chilenos no admitirán su inscripción, aunque estén legalizados por el Consulado de Chile correspondiente (salvo que lo autorice un decreto judicial).

Procedimiento: Ver “Mandato Especial”.